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Un apéndice inaceptable para todo cubano digno
Por Alicia
Centelles
Ya se cumplen 110 años de la imposición
de la Enmienda
Platt a Cuba, documento totalmente inadmisible para quienes
habían luchado y vertido su sangre durante treinta
años para obtener su verdadera independencia.
Los artículos del irrespetuoso documento
constituyen un claro ejemplo del encubrimiento hipócrita
de las verdaderas intenciones del imperio con su más
codiciada posesión de las Antillas. El primero de ellos
era evidentemente contradictorio, porque prohibía al
gobierno cubano concertar tratados con otros extranjeros que
menoscabaran su independencia.
El segundo también le prohibía
a la Isla contraer deudas por encima de su capacidad para
abonar sus intereses. Con ello justificaban su intervención
en cualquier momento de crisis económica. Pero es el
tercero de los acápites de la Enmienda Platt el que
muchos consideraron en su época como el nervio del
oneroso documento.
Con el artículo tercero, Estados
Unidos se abrogaba el derecho a intervenir militarmente cuando
peligraran, a su juicio, la vida, la propiedad o las libertades
individuales de los norteamericanos residentes en Cuba.
Otro artículo igualmente oneroso,
el quinto, obligaba a nuestro país a atender la sanidad
de sus poblaciones para proteger el comercio y el pueblo del
sur de Estados Unidos. Pero de todos, el único que
sigue vigente en contra de la voluntad soberana de nuestro
pueblo es el séptimo, sobre la cesión de porciones
de suelo cubano para estaciones
navales o carboneras norteamericanas.
La mejor definición de la Enmienda
Platt la dio el propio interventor norteamericano, Leonardo
Wood: “Por supuesto que a Cuba se le ha dejado poca
o ninguna independencia con la Enmienda Platt, y lo único
indicado ahora es buscar la anexión”.
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